¿Es obligatorio tener un seguro de vida con la hipoteca?

Si alguna vez te has dirigido a un banco a hacer esta pregunta, es bastante probable que la respuesta que te hayan dado sea que sí. Pero, ¿es realmente obligatorio tener un seguro de vida con la hipoteca? Hoy te contamos qué hay de cierto en ello y qué opciones tienes al respecto.

¿Es obligatorio contratar un seguro de vida para tu hipoteca?

A la pregunta de si es obligatorio tener un seguro de vida con la hipoteca, la respuesta es, sin rodeos, que no. La legislación europea, y más en concreto el Parlamento Europeo, ha intervenido al respecto y se ha prohibido a las entidades financieras realizar ofertas de crédito que estén relacionadas con la compra de seguros o que sean de un proveedor en particular.

Por lo tanto, hay un respaldo desde las propias normativas para no verse obligado a contratar un seguro cuando se solicita una hipoteca. El problema reside en que los bancos utilizan esta póliza como condición para la concesión de dicha hipoteca, así como para disfrutar de algunas ventajas, lo que obliga al cliente a aceptarlo.

Otro inconveniente que suele darse en la que la entidad financiera modifica las condiciones si el seguro se contrata directamente con ella y no con alguna compañía que sea del interés del cliente. En este caso, si se opta por la contratación de la póliza, hay que estudiar qué situación es la más favorable.

En cualquier caso, lo que debemos recordar es que el propio Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros establece que desde la legislación no se impone la contratación del seguro de vida como condicionante, ni tampoco la obligación para el deudor con respecto al inmueble que está hipotecado.

¿Podrás darte de baja del seguro cuando ya tienes la hipoteca?  

Si te encuentras en estas circunstancias de que tu entidad te ha impuesto la contratación del seguro para poder acceder a la hipoteca de tu hogar, debes saber que, una vez que la has conseguido, estás en tu derecho de cancelar la póliza. Eso sí, te recomendamos que te informes de las condiciones antes de hacerlo, porque es bastante probable que te incrementan considerablemente los intereses que debas pagar.

Si aun así decides optar por la cancelación, puedes hacerlo de dos maneras diferentes, según el momento en el que te encuentres con respecto al contrato. La primera opción es cancelar durante los 30 días que siguen a la activación del seguro. Es decir, que debe tratarse de una hipoteca que acabes de tramitar.

La segunda opción, si ha pasado más tiempo, es esperar a que se acerque la renovación automática de los seguros y que, por lo general, es una vez al año. Como muy tarde, puedes avisar un mes antes de la fecha en que se renueve. Te recomendamos iniciar el trámite dos meses antes para que tengas suficiente margen.

Ten en cuenta que no solo debes informar a la entidad bancaria del trámite, sino que además deberás comunicar la baja de manera directa a la compañía aseguradora. Asegúrate de realizar el trámite correctamente para evitar que luego puedan no aceptarte la cancelación.

No obstante, existe un escenario en el que no podrás cambiar de compañía aseguradora o no tendrá sentido la cancelación. Este se produce cuando las entidades financieras incluyen el seguro de vida dentro del contrato hipotecario, con un pago único en lugar de dos por separado. Por lo tanto, no hay mensualidades, sino que se pagan en uno solo y se añade al importe del préstamo. Cuando esto sucede, el seguro ya se habría pagado en su totalidad, así que no tendría sentido perder una cobertura que está pagada.

¿Desgrava el seguro de vida vinculado a la hipoteca?

Si bien es injusto que se nos haga creer que es obligatorio tener un seguro de vida con la hipoteca cuando no lo es, hay que pensar que también tiene una serie de ventajas. La primera, es que nos ayuda a reducir los intereses de la hipoteca. Y aunque supone un incremento total en el importe a pagar, no es un dinero que caiga en saco roto, ya que a cambio se obtiene una protección.

En el escenario del pago único que mencionamos, se podría incluso exigir la devolución de la parte proporcional de la póliza no utilizada, pero se trata de un proceso bastante complejo que además podría terminar en un tribunal. Mientras se disfruta de la protección, se dispone de una cobertura si la persona titular del préstamo padeciera una invalidez o falleciera.

En tercer lugar, el seguro de vida vinculado a la hipoteca desgrava en la declaración de la renta.  Las primas de la póliza se pueden sumar a las cuotas del préstamo, con un límite máximo de 9.040€, entre ambos importes.

¿Es obligatorio tener un seguro de vida con la hipoteca?
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